Contratar a una empleada para el servicio doméstico en Colombia implica seguir ciertos procedimientos y cumplir con obligaciones laborales específicas que han sido fortalecidas en los últimos años para garantizar el respeto y la protección de los derechos de estas trabajadoras.
Evolución de los derechos de las empleadas domésticas
En el pasado, las empleadas domésticas se conformaban con tener un lugar donde vivir y algún ingreso a cambio de su labor. Sin embargo, desde el año 2016, con la promulgación de la Ley 1788, se estableció la prima de servicios para estas trabajadoras, reconociendo su derecho a condiciones laborales justas.
Contrato de trabajo: verbal o escrito
El contrato de trabajo para una empleada doméstica puede ser verbal o escrito.
Sin embargo, es altamente recomendable que sea por escrito, para que queden claras las condiciones laborales, tales como la fecha de inicio, tipo de trabajo, salario, horario, jornadas, entre otros.
Tener un contrato escrito evitará malentendidos y ofrecerá una base sólida para resolver posibles conflictos laborales en el futuro.
Regulación de las prestaciones sociales
1). Obligaciones del empleador:
Las empleadas domésticas deben recibir el salario mínimo vigente y todas las prestaciones sociales que corresponden a cualquier otro trabajador formal, sin importar si son contratadas por días o a tiempo completo.
Esto incluye:
A). Prima de servicios: A partir de la Ley 1788 de 2016, las empleadas domésticas tienen derecho a recibir prima de servicios, que es un pago adicional realizado dos veces al año como reconocimiento a su labor.
B). Seguridad social: El empleador debe afiliar a la empleada doméstica a la seguridad social, que incluye salud, pensión y riesgos laborales. Esta obligación es tanto para empleadas contratadas por días como para aquellas que trabajan a tiempo completo.
C). Vacaciones, cesantías e intereses a las cesantías: Las empleadas domésticas tienen derecho a estos beneficios, igual que cualquier otro empleado.
D). Horas extras, trabajo en dominicales y festivos: Deben pagarse conforme a la ley cuando se trabajen fuera del horario normal o en días festivos.
E). Auxilio de transporte: En caso de que la empleada doméstica no sea interna y devengue menos de dos salarios mínimos legales mensuales, el empleador está obligado a pagar el auxilio de transporte.
2). No existen excusas para el pago de prestaciones a trabajadoras por días:
Con el Decreto 721 de 2013, el Gobierno formalizó el pago de prestaciones sociales para empleadas domésticas que trabajan por días.
Esto significa que, aunque una empleada solo trabaje algunos días a la semana, el empleador está obligado a cotizar y asegurar a la trabajadora sobre el salario mínimo proporcional a los días laborados.
Esta regulación busca proteger y formalizar las labores de las empleadas domésticas, sin importar la frecuencia de su trabajo.
Pago de salario y cotizaciones
1). Salario Integral no aplica:
Un error común es creer que se puede pactar un salario integral para una empleada doméstica cuando esta devenga un salario mínimo o un monto inferior a 10 salarios mínimos.
Esto es incorrecto y no está permitido por la legislación laboral. Si un empleador utiliza este concepto, se considera una violación de los derechos laborales de la trabajadora, quien tiene la potestad de reclamar ante un juez.
2). Transparencia en los pagos:
Es fundamental que el empleador entregue los comprobantes de pago y mantenga un archivo con los recibos y evidencias de los pagos realizados.
Esto será útil en caso de cualquier discrepancia o disputa laboral futura, y servirá como prueba documental imprescindible.
Derechos de las empleadas domésticas internas y externas
1). Empleadas Internas:
Las empleadas que residen en la casa del empleador no tienen derecho al auxilio de transporte, ya que su trabajo no requiere de este beneficio. Sin embargo, deben recibir todas las demás prestaciones sociales estipuladas en la ley.
Además, es importante que se respete la jornada laboral y las horas de descanso.
Si se pacta un pago en especie, como alimentación o vivienda no puede superar el 30% del salario mínimo.
2). Empleadas Externas:
En el caso de las empleadas que se desplazan diariamente a su lugar de trabajo y ganan menos de dos salarios mínimos, tienen derecho a recibir el auxilio de transporte.
Además, es importante que, tanto para las empleadas domésticas internas como externas, se respeten la jornada laboral y las horas de descanso.
¿Qué pasa si la empleada trabaja por días?
Desde el año 2013, con el Decreto 721, se formalizó el pago de cotizaciones para empleadas domésticas que trabajan por días, asegurando que reciban las prestaciones correspondientes.
La ley ha establecido mecanismos para calcular y pagar estas prestaciones, por lo tanto, es importante contar con los registros de pagos y horas trabajadas para realizar este cálculo de manera correcta.
Conocer los derechos y obligaciones: fundamental para una relación laboral justa
La contratación de una empleada doméstica debe realizarse de manera formal y respetando los derechos laborales establecidos en la ley.
Tanto los empleadores como las empleadas domésticas deben conocer sus derechos y obligaciones para garantizar una relación laboral justa y equitativa.
Comprender las leyes que rigen el trabajo doméstico en Colombia no solo protege a ambas partes de posibles conflictos, sino que asegura el cumplimiento de normativas, que garantizan condiciones dignas de trabajo.
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Reconocimiento:
Abogada Alejandra Viedma
Gerente General de Fidare
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